Mediante la bolsas de empleos temporal se realizará la provisión temporal de aquellos puestos de trabajo que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
a) Puestos temporalmente vacantes que no hayan podido proveerse de forma inmediata y definitiva por personal laboral fijo propio de la entidad.
b) Puestos que precisen de la sustitución transitoria de la persona titular u ocupante del mismo por el tiempo previsto de duración de la sustitución.
c) Puestos para la acumulación de tareas con carácter excepcional o circunstancial, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Las situaciones de activo, disponible, no disponible voluntario y disponible con penalización, en que se encuentran las personas integrantes de las bolsas se regularán por lo establecido en el Reglamento de bolsas de CACSA y por lo establecido en el acuerdo séptimo del III Acuerdo de la Comisión Diálogo Social del Sector Público Instrumental de la Generalitat sobre la aplicación a la constitución y funcionamiento de las bolsas de empleo temporal, así como la renuncia al llamamiento y la baja voluntaria de la bolsa, de conformidad con el acuerdo Noveno y Décimo del mencionado Acuerdo publicado en el DOGV el 20 de agosto de 2018.
Funcionamiento de las bolsas de empleo temporal: los llamamientos se realizarán respetando el orden de prelación establecido en los listados definitivos de puntuaciones de cada bolsa (candidaturas que hayan sido revisadas por la comisión de seguimiento y que hayan superado la nota de corte)
El estado de cada bolsa y/o candidatura podrá ser consultado en el Área del candidato/a bolsas extraordinarias